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Trámites de Gestión de Visados para Estudiar en España
 

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Para estudiar en España nuestros programas es necesaria la concesión del visado de estudios por las instituciones (embajadas y consulados) del país de origen. Para ello contamos con un equipo de profesionales que le asesorarán y facilitarán la documentación académica necesaria parta la tramitación del visado de estudios.

Formaselect España es en la actualidad una de las principales y prestigiosas Escuelas de Negocio en la formación superior de postgrado. Por ello nos encontramos con la necesidad de dar cobertura a todas aquellas personas no residentes en España que desean cursar estudios de master en nuestro país. En la actualidad son muchas las personas que toman la decisión de estudiar un Master de especialización para poder acceder a las ofertas de empleo más competitivas que oferta el mercado internacional.

Nuestros números nos avalan en cuanto a la garantía de éxito y aceptación que estamos teniendo, ya que en la actualidad el porcentaje de alumnos extranjeros de masters es de:

- 42 % (área de Marketing/Comunicación)
- 36 % (área de Recursos Humanos)
- 32 % (área de Medio Ambiente)
- 19 % (área de Asesoría de Empresas).

Esta diversidad de alumnos procedentes de un total de 14 países da lugar al intercambio de opiniones profesionales y académicas, estrategias y formas de proceder, tan distintas como enriquecedoras, que salen a relucir en cada una de las clases.

FORMASELECT ESPAÑA COMO CENTRO OFICIALMENTE RECONOCIDO

En la actualidad la ley vigente en España exige que para todo alumno que desee cursar estudios en España, es necesario la matriculación en un centro oficialmente reconocido por el Ministerio del Interior.

FormaSelect España S.L. con CIF B82969106 . domicilio fiscal en C/ Sagasta 20, 1º derecha, se encuentra reconocido por el Ministerio del Interior - Jefatura Policial de Extranjería, éste es el único organismo capacitado en el ámbito nacional para la concesión de visas en el territorio nacional.

DEPARTAMENTO DE ADMISIÓN DE ALUMNOS

Nuestro equipo de profesionales le asesorará no sólo en la gestión de la matrícula, sino que le informaremos paso por paso de cada trámite que debe realizar para tramitar la visa de estudios, le indicaremos toda la documentación a presentar en su consulado, y le enviaremos toda la documentación necesaria que necesita por parte de la Escuela para hacer el master presencail en el que quiera matricularse.

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Ciudad de las Artes y las Ciencias (Valencia)

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MAS INFORMACIÓN DE INTERÉS GENERAL

¿Quién se considera estudiante?

El extranjero cuya venida a España tenga como único o principal fin cursar estudios o realizar trabajos de investigación o formación, no remunerados laboralmente, en cualquier centro docente o científico español, ya sea público o privado oficialmente reconocido.

Necesidad de visado

El estudiante extranjero que pretenda realizar sus estudios en España deberá solicitar el correspondiente visado antes de su llegada, ante las Misiones Diplomáticas u Oficinas Consulares españolas en su país, para ello deberá aportar documentación académica que acredite los estudios ya superados. Los nacionales de los países para cuya entrada inferior a 90 días no se les exige visado, no necesitan de visado de estudiantes para la realización de estudios inferiores a dicho periodo.

Necesidad de autorización de estudios

Una vez en España el estudiante extranjero ha de solicitar ante la Oficina de Extranjeros, Jefatura Superior o Comisaría de Policía de la localidad donde se encuentre, autorización para su estancia por el tiempo que se determine.

¿Dónde se solicita la autorización de estancia?

Se solicita ante la Oficina de Extranjeros Jefatura Superior de Policía o Comisaría de Policía de la localidad donde se encuentre

¿Qué se debe acreditar para la obtención de la autorización de estancia?

Se debe acreditar documentalmente que:


-Se cumplen todos los requisitos para la entrada y permanencia en España, incluido el visado para cursar o ampliar los estudios.

-Que han sido reglamentariamente admitidos en cualquier centro docente o científico español, público o privado, para cursar o ampliar estudios o realizar trabajos de investigación o formación no remunerados laboralmente con indicación de un horario que implique la asistencia con una duración prevista no inferior a tres meses, incluyendo el plan de estudios, investigación o formación aprobado.

-En el caso de estudiantes menores de edad no acompañados por sus padres, será necesario la autorización de éstos para el desplazamiento y para realizar los estudios, en la que conste el centro y el periodo de estancia previsto.

-Tienen garantizados los medios económicos necesarios para sufragar el coste de sus estudios, su estancia y regreso a su país, y en caso, el de sus familiares.

¿Cuál es la duración de la autorización de estancia?

Será igual que a la del curso para el que esté matriculado.

¿Se puede renovar la autorización de estancia?

Sí.

¿Cuándo se extingue la vigencia de la autorización de estancia?

-Cuando cese la actividad para la que fue concedida;
-Una vez transcurrido el periodo por el que se concedió.

¿Pueden los estudiantes extranjeros trabajar en España?

En principio, los estudiantes extranjeros no pueden realizar ninguna actividad retributiva. Pero en la medida de que ello no limite la consecución de los estudios podrán realizar actividades remuneradas.

¿Pueden venir a España los familiares de los estudiantes extranjeros?

Los estudiantes que hayan obtenido un visado para estudios, podrán solicitar los correspondientes visados de estancia para que sus familiares entren y permanezcan en España durante la duración de los estudios o investigación, para ello no se le exige un periodo de estancia previo al estudiante extranjero.

Ref: Información recogida en
www.todopapeles.com

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